Depende de la causal. Si tienes licencia médica vigente por enfermedad común, accidente del trabajo o enfermedad profesional, tu empleador no puede despedirte por necesidades de la empresa ni por desahucio (artículo 161 del Código del Trabajo). Las demás causales sí puede invocarlas, pero debe probarlas.
¿Me pueden despedir si estoy con licencia médica?
No por necesidades de la empresa ni por desahucio. El inciso final del artículo 161 lo dice de forma expresa:
"Las causales señaladas en los incisos anteriores no podrán ser invocadas con respecto a trabajadores que gocen de licencia por enfermedad común, accidente del trabajo o enfermedad profesional, otorgada en conformidad a las normas legales vigentes que regulan la materia." (Artículo 161, inciso final, Código del Trabajo)
La Dirección del Trabajo aplica la regla a las tres licencias (Ordinario N° 595, 31 de enero de 2018).
¿Qué causales no pueden usar contra mí con licencia?
Son dos, ambas del artículo 161:
• Necesidades de la empresa (inciso primero).
• Desahucio escrito del empleador (inciso segundo): solo existe para gerentes, subgerentes, agentes o apoderados con facultades generales de administración, cargos de exclusiva confianza y trabajadores de casa particular.
¿Qué causales sí pueden usar si estoy con licencia?
Según la Dirección del Trabajo, las únicas causales que el empleador no puede invocar con el trabajador en licencia son las del artículo 161. Quedan abiertas, entre otras:
• Vencimiento del plazo del contrato a plazo fijo y conclusión de la obra o faena (artículo 159, números 4 y 5). El contrato termina aunque estés con licencia.
• Conductas graves del artículo 160, como la falta de probidad. La licencia no te blinda: la Corte Suprema validó el despido de un trabajador que usó una licencia con reposo total para viajar al extranjero (Corte Suprema, Rol N° 49.746-2024, 23 de marzo de 2026).
Eso sí, el empleador debe comprobar los hechos que imputa.
¿Qué pasa si me despiden por necesidades de la empresa con licencia vigente?
La carta no produce el efecto que el empleador busca. Para la Dirección del Trabajo, el aviso y el despido no producen efecto alguno, porque infringen una norma prohibitiva. Esa nulidad la declaran los tribunales, no la Inspección (Ordinario N° 162, 18 de enero de 2021).
La Corte Suprema resolvió que la comunicación enviada con el trabajador en reposo es ineficaz y que el despido solo se entiende realizado al terminar la licencia (Corte Suprema, Rol N° 16.130-2019, 12 de junio de 2020). Si el tribunal declara improcedente la aplicación del artículo 161, la indemnización por años de servicio se aumenta en un 30% (artículo 168, letra a).
¿Me pueden despedir cuando termine la licencia?
Para la Dirección del Trabajo, el aviso solo surte efecto si el empleador lo da una vez que te reintegras. Si el aviso con 30 días de anticipación ya estaba dado y la licencia llegó después, el conteo se interrumpe y sigue corriendo al volver (Ordinario N° 162, 2021).
Pasada la licencia, el empleador puede invocar necesidades de la empresa, pero no basta su sola voluntad: debe acreditar circunstancias reales, técnicas o económicas. Aquí explicamos cuándo esa causal no se sostiene.
¿Qué hago si me despidieron con licencia médica?
1. Guarda tu licencia, con sus fechas y el comprobante de tramitación, y la carta de despido, con su fecha y la causal.
2. No firmes el finiquito sin revisarlo. Al suscribirlo puedes formular reserva de derechos (artículo 162). Estima su contenido con la calculadora de finiquito.
3. Cuenta tu plazo. Tienes 60 días hábiles desde la separación para demandar. Se suspende si reclamas ante la Inspección del Trabajo, y nunca puedes recurrir al tribunal pasados 90 días hábiles (artículo 168). Si el despido se comunicó durante la licencia, se discute desde cuándo se cuenta: lo prudente es contarlo desde la fecha de la carta. Revisa tu fecha límite con la calculadora de plazos.
Preguntas frecuentes
¿Y si la licencia me la dieron después de la carta de despido?
La prohibición protege a quien goza de licencia cuando se comunica el despido. En un caso que llegó a la Corte Suprema, el trabajador fue despedido antes de que se emitiera su licencia y los tribunales no aplicaron la prohibición (Corte Suprema, Rol N° 244.305-2023, 11 de octubre de 2024). Si te despidieron por faltar y la licencia llegó después, lo explicamos aquí.
¿Me pueden finiquitar si estoy con licencia?
Pueden ofrecerte un finiquito, pero eso no cambia lo que la ley prohíbe. Revisa la causal y la fecha de la carta antes de firmar: el finiquito solo libera lo que dice de forma expresa, y firmarlo sin reservas puede hacer más difícil reclamar después.
¿Cómo sé si mi carta de despido tiene efecto?
Depende de la causal y de si tu licencia estaba vigente el día en que te la comunicaron. Si es necesidades de la empresa o desahucio, hay un problema serio.
¿Esto pasa en Antofagasta?
Con minería, faenas y trabajo pesado, los accidentes del trabajo no son raros, y tampoco los contratos por obra o faena. Con licencia por un accidente laboral, el despido por necesidades de la empresa está prohibido, pero el término por conclusión de la faena puede operar. Revisa qué causal dice tu carta.
Si te despidieron estando con licencia médica, o te ofrecen un finiquito mientras estás con reposo, agenda una evaluación de tu caso por WhatsApp: wa.me/56949371607.
¿Te descontaron el seguro de cesantía en el finiquito? Revisa cuándo es legal ese descuento y cómo recuperarlo.
